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La culpa grave no es asegurable. Pero ¿qué es la culpa grave?
Por Dr. Osvaldo R. Burgos
“Aquel asegurado que, en tanto tal, asume un total desinterés calculado por las consecuencias previsibles de su accionar, no actúa culposa sino dolosamente. Y, en la adopción de semejante proceder consciente, hace caso omiso al deber de buena fe comprometido con su asegurador.”
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Términos mencionados en esta doctrina: asegurado, asegurador.